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La OCU exige que se advierta que los aparatos de bronceado son cancerígenos

Logo_corporativo_40+_500x330(3)La OCU ha solicitado al Ministerio de Sanidad y Política Social que se modifique el Real Decreto 1002/2002 de 27 de septiembre que regula la venta y utilización de los aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas con el objetivo de advertir, en el etiquetado, el embalaje, el manual de instrucciones y la publicidad, que las radiaciones UVA de los aparatos de bronceado artificial producen cáncer de piel.

Según explica la OCU en un comunicado, hasta hace un tiempo, la Organización Mundial de la Salud (OMS) advertía que los aparatos de bronceado que emitían rayos UVA “podían” provocar cáncer de piel, envejecimiento cutáneo y daños en los ojos y en el sistema inmunológico. Desde hace un año la OMS afirma que son cama-bronceadocancerígenos, en base a los últimos estudios científicos. La OCU considera que este riesgo debe ser anunciado en todos los aparatos, centros de bronceado y en la información y publicidad de los mismos.

La OCU añade que, además, el personal que trabaja en los centros de bronceado tiene obligación de informar a los usuarios de acuerdo a los avances científicos y técnicos. La Organización insiste que hay que hacer cumplir la ley a la vez que se realizan más inspecciones y controles.

imagesLa OCU insiste en que el usuario debe tener a su disposición información clara y completa sobre todos los riesgos y precauciones antes de emplear un aparato de rayos UVA y saber que puede ser especialmente peligroso en los siguientes casos:

  • En menores de 18 años, en donde está explícitamente prohibido.
  • En mujeres embarazadas.
  • En usuarios de piel muy blanca y en aquellos que se queman sin broncearse.
  • En personas predispuestas a tener cáncer de piel.
  • Durante el tratamiento con ciertos medicamentos y cosméticos.

FUENTE: OCU

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